8 DE MARZO  DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES

En el marco del Día internacional de los Derechos Humanos de las Mujeres la C.N.O.A. le apuesta a seguir fortaleciendo mecanismos que permita el real desarrollo y goce efectivo de derechos fundamentales para las mujeres en especial las que hacen parte de la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera.

Te invitamos a recordar normativas aplicables sobre la protección de los derechos de las mujeres.

Contexto

En 1910 en el Congreso Internacional de Mujeres Socialistas en Alemania, se buscó que se aprobara y estableciera el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer, en homenaje a aquellas mujeres trabajadoras que lideraron acciones colectivas para la exigibilidad de mejores condiciones de dignidad, vida y trabajo. A partir de 1975, La Organización de Naciones Unidas –ONU, inicia la conmemoración de esta fecha, con el objetivo de reivindicar los derechos de las mujeres trabajadoras y cuidadoras.

En varios países del mundo, se conmemora esta fecha, las diferencias étnicas, lingüísticas, culturales, económicas y políticas, se unen en este día, pueden contemplar una tradición de no menos de noventa años de lucha en pro de la igualdad, la justicia, la paz y el desarrollo.  

Entre las cifras de las violencias contra las mujeres en Colombia tenemos:

Bernal Olarte, 2023 en su artículo “La violencia de género no da tregua en Colombia” (2023) y el Instituto Colombiano de Medicina Legal (2022), mencionan:

  • Cada 8 horas es asesinada una mujer.
  • Cada hora, 8 mujeres son víctimas de violencia intrafamiliar o sexual.
  • Entre enero y octubre del año 2022, 827 mujeres fueron asesinadas y 58.117 sufrieron violencia intrafamiliar o han sido abusadas sexualmente.
  • En lo que va corrido del año 2023, se han reportado 10 feminicidios.

Teniendo en cuenta, que la lucha por los derechos de la mujer en sus identidades diversas ha sido un proceso lento que en gran parte se debe al desarrollo jurisprudencial compartimos algunas de las providencias por medio de las cuales se ha garantizado la igualdad y la no discriminación contra la mujer, y se precisado la adopción de medidas de orden pedagógico y administrativo que hagan realidad la equidad de género

Normativa aplicable sobre la protección de los derechos de las mujeres:

C- 410 de 1994: Se analizan y reconocen las dificultades sociales que han padecido históricamente las mujeres, y el tratamiento abiertamente discriminatorio que ha impedido que las mujeres puedan vincularse al mercado laboral en las mismas condiciones que los hombres, en atención a esto, se puntualiza que el trato desigual para acceder a la pensión de vejez y a la pensión sanción, es una medida positiva que busca compensar los efectos de estas realidades sociales que evidencian la desigualdad de género, con el propósito de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución política del 1991 y promover la participación de las mujeres en el mundo laboral. 

T-022 de 2014: Hace hincapié en que las cirugías reconstructivas para las mujeres en casos de cáncer no son cuestiones meramente estéticas, en tanto protegen la salud mental y dignidad de las mujeres, la jurisprudencia expresa: “la cirugía plástica reconstructiva de mama siempre ha estado incluida expresamente dentro de los diversos POS que han estado vigentes desde el año 2005; las únicas cirugías plásticas que se han entendido excluidas del POS han sido aquellas que tienen fines eminentemente cosméticos o de embellecimiento, los cuales, claramente son diferentes a la finalidad que tiene esta cirugía reconstructiva como consecuencia de una mastectomía radical”

T-735/17 por medio de esta providencia se enfatiza en la responsabilidad que recae que las autoridades administrativas y judiciales son responsables por actos de violencia institucional cuando sus acciones u omisiones revictimicen y causen daño a mujeres denunciantes, se reitera que sobre el Estado recae la obligación reforzada en relación con la prevención, investigación, sanción y reparación de los hechos de violencia contra las mujeres y la violencia institucional, en los que incurran las autoridades encargadas de la ruta de atención cuando sus funcionarios no toman medidas de protección contra la violencia de género en plazos razonables.

Ley 350 de 2020

T-128 del 2022: por medio de la cual la Corte constitucional ordena la integración de las parteras al Sistema General de Seguridad Social en Salud y exhorta al Congreso a legislar sobre el tema

T-421 de 2020: por medio de la cual se Protege el derecho de las mujeres transgénero y acceder a los servicios en salud en los procesos de reafirmación sexual.

C- 539 de 2016: La corte analiza que el delito la comisión de un homicidio de una mujer en razón de su identidad de género es una agresión que guarda sincronía e identidad con todo un complejo de circunstancias definidas por la discriminación que experimenta la víctima.

Referencias

 Bernal Olarte, A. (2023, 5 de febrero) La violencia de género no da tregua en Colombia. RAZÓN PÚBLICA. https://razonpublica.com/la-violencia-genero-no-da-tregua-colombia/

Voces de la Verdad

2do Foro Internacional de las Mujeres y Sus Identidades Diversas

Huellas de Africanía

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